Carmen Aristegui presenta denuncia por spot de Lopez Obrador

Al argumentar que su voz fue utilizada sin autorización, la periodista Carmen Aristegui presentó una denuncia ante el Instituto Federal Electoral (IFE) para exigir que se suspenda la transmisión del spot del Movimiento Progresista Miles de pruebas del fraude 2012.

En el escrito, presentado ayer por el abogado de la conductora de MVS Radio, Juan Carlos Cortés Rosas, Aristegui Flores alega que la utilización de su voz dentro del spot —en el cual también aparecen periodistas de MILENIO y Televisa—, genera un riesgo de que su imagen sea lastimada.

Resulta muy extraño esta petición debido a que en México existe la crestomatia que permite el uso tanto de audio como de video, increíble como otros periodistas que aparecen en el video (Como Ciro Gomez Leyva y que en su caso se le acusa), y ellos no pretendan censurar el anuncio.

“Los promocionales o spots difundidos por los partidos políticos integrantes de la coalición Movimiento Progresista… violan el articulo 41 de la Constitución y los artículos 38, 49 y 342 del Cofipe por un uso indebido de las pautas o tiempos autorizados por la autoridad electoral al utilizar el contenido de los promocionales… sin contar con su debida autorización”, sostiene la queja.

El video —que aún no ha sido transmitido en radio y televisión— fue presentado por Andrés Manuel López Obrador el 26 de julio, dura dos minutos y aparece en la página de videos pautados por el IFE con tres nombres: Miles de pruebas PRD, Miles de pruebas PT y Miles de pruebas MC. La voz de Aristegui se escucha cuando dice: “Tarjetas Monex que hay indicios de lavado de dinero”.

Entre sus argumentos, Aristegui sostiene que puede haber un daño a su imagen debido a que su voz se puede vincular con las demandas del Movimiento Progresista.

“Al tratarse de un personaje público, precisamente por desempeñarse como titular de un espacio noticiosos de un concesionario de radio y televisión cuya audiencia es alta, resulta incuestionable que el uso sonoro de la expresión contenida en los promocionales objeto de la queja, genera en el auditorio a quien va dirigido el promocional, una vinculación con la imagen de la persona, la cual no puede ser difundida sin autorización previa”, sostiene.

“Existe el temor fundado de que, ante la espera del resultado de la resolución definitiva, se estará ante un riesgo de que el daño al derecho de la ciudadana sea irreparable”, añade.

Como pruebas, la periodista presenta un disco que contiene los anuncios a los que se refiere en la queja y las pautas en radio y televisión para la inclusión de los promocionales.

Por ello, Aristegui pide al IFE, como medida cautelar, ordenar la suspensión inmediata del spot en televisión, radio o cualquier otro medio; y que, una vez resuelta la queja, se aplique la suspensión definitiva y se impongan sanciones a los responsables.

A continuación el spot en cuestión:

Comments are closed.